La resonancia de los suplicios

El suplicio penal no cubre cualquier castigo corporal: es una producción diferenciada de sufrimientos, un ritual organizado para la marcación de las víctimas y la manifestación del poder que castiga, y no la exasperación de una justicia que, olvidándose de sus principios, pierde toda moderación. En los "excesos" de los suplicios, se manifiesta toda una economía del poder. Michel Foucault, Vigilar y castigar, Siglo XXI editores, Buenos Aires (2002)

Nombre: blanconegro
Ubicación: Argentina

26 julio 2007

Judicializar o no judicializar. That is the question.
En estos días he escuchado tantas veces el término que de pronto siento que se desnaturaliza su significado, transformándose en una especie de sonido monocorde, vacío de contenido, una especie de murmullo que resuena en mi mente cuando estoy distraída. Una especie de hit del verano: "que te clavo, que te clavo la sombrilla, que te clavo que te clavo la sombrilla...."
Declaraciones del tipo no puede ser que cinco jueces de Buenos Aires decidan quién debe ser intendente de San Luis.
Cabe recordar que esos cinco jueces no son jueces de primera instancia: componen nada más y nada menos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación. No se pusieron a jugar a la ruleta de nombres y salió el de Daniel Pérsico, sino que esos cinco jueces, la máxima autoridad judicial del país, luego de analizar la legalidad de una serie de actos (incluida una elección), determinaron que esa elección había sido legal, y que el intendente elegido por ciudadanos de San Luis contaba con el respaldo de la ley, no así una señora que había sido elegida por el dedo mágico de un Gobernador.
Trasladando un poco más cerca los hechos, parece que vigilar el cumplimiento de leyes fundamentales de una sociedad democrática no es bien visto por una parte de esa sociedad.
Un candidato de un partido mayoritario, ungido también por un dedo mágico, se queja de la actuación de tres jueces de la ciudad de San Luis. Pero esos tres jueces de la ciudad de San Luis son los integrantes de una Cámara Electoral, encargada de vigilar el cumplimiento de la Constitución y de la Carta Orgánica Municipal.
Voy a acatar el dictamen, para evitar la judicialización, dijo ese candidato, como si estuviese renunciando a ejercer algún derecho básico o sufriendo una injusta discriminación.
Es un gran acto de renunciamiento el declinar esta candidatura. La candidatura no estaba encuadrada en el marco de la legalidad, entonces:
¿Desde cuándo acatar una decisión de la Justicia es un acto de renunciamiento?
¿Desde cuándo acatar una sentencia se ha transformado en un modo de evitar la judicialización?
¿Cuando una persona acusada de un delito cumple su sentencia en la cárcel está renunciando a algo o sólo está haciéndose cargo de haber quebrantado alguna ley?
¿Es malo, deplorable, repudiable quizá, el recurrir a la justicia?
¿Denunciar un delito es judicializar?
¿Deberemos transformarnos en una especie de seguidores de aquel Ingeniero Santos, que mató a tres personas porque le robaron el estéreo?
Son muchas las preguntas que aparecen, nuestro sentido común está acribillado por cosas y seudorazones que cada día nos atraviesan.
Protejamos nuestro sentido común con un blindaje a prueba de cuentos e interpretaciones caprichosas de la ley y de sus herramientas.
No se trata de judicialización o no.
Se trata, apenas, de cumplir la ley.
Sobre todo, de que cumplan con la ley los que son elegidos como representantes por los ciudadanos de este país.